Actualizado: junio de 2026 · 8 min de lectura
Multas de tráfico · España

Cómo recurrir una multa de tráfico en España: alegaciones, recurso y plazos

¿Te ha llegado una multa de la DGT o del ayuntamiento? Tienes dos ventanas: alegaciones (20 días desde la notificación) y, si las desestiman, recurso de reposición (1 mes). El pronto pago da un 50% de descuento PERO supone aceptar y renunciar al recurso —no pagues si quieres recurrir. Aquí: cómo leer la notificación, con qué motivos recurrir, los plazos y la prescripción, cómo no perder puntos y qué hacer si te desestiman las alegaciones.

Qué multa es y cómo funciona

La multa de tráfico la pone la DGT (carreteras, estatal) o el ayuntamiento (ciudad). Del órgano depende dónde presentar alegaciones y recurso.

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La notificación (boletín) indica el órgano, el tipo de infracción (leve/grave/muy grave), el importe, los puntos y los plazos. Es el documento clave —léelo con calma.

Pronto pago: pagar en 20 días da un 50% de descuento PERO supone aceptar y renunciar al recurso.

El recurso tiene dos fases: alegaciones (antes de que la multa sea firme) y, si las desestiman, recurso de reposición o contencioso-administrativo.

A quién aplica

  • A cualquiera que reciba una multa de la DGT o municipal: velocidad (radar), aparcamiento, zona azul, cámara, semáforo en rojo.
  • Al titular del vehículo: debe identificar al conductor si conducía otra persona —no identificar es una multa aparte, mayor.
  • A quien le restan puntos (graves/muy graves).
  • A quien no recibió la notificación en persona pero la multa apareció en TESTRA/TEU/BOE.
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A qué tienes derecho

  • A presentar alegaciones en 20 días desde la notificación —con motivos y pruebas.
  • Al 50% de descuento (pronto pago) si decides pagar —pero eso renuncia al recurso.
  • A recurrir: recurso de reposición (1 mes) y/o contencioso-administrativo.
  • A exigir el procedimiento: notificación correcta, plazos, prescripción, calibración del radar.
  • A acceder al expediente y a las pruebas.

Plazos que importan

  • Alegaciones — 20 días naturales desde la notificación.
  • Pronto pago (50% de descuento) — los mismos 20 días; pagar renuncia al recurso.
  • Recurso de reposición — 1 mes desde la notificación de la resolución sancionadora (potestativo).
  • Recurso contencioso-administrativo — 2 meses (o 6 meses en caso de silencio).
  • Prescripción de la infracción: leves — 3 meses, graves/muy graves — 6 meses; una multa ya impuesta como sanción prescribe a los 4 años.

Pruebas que guardar

  • La propia notificación/boletín (órgano, tipo, importe, puntos, fecha).
  • Fotos del lugar, de las señales y marcas viales, datos del radar, ITV/verificación de calibración.
  • Quién conducía si no eras tú —documentos para identificar al conductor.
  • Pruebas de defectos de procedimiento (fecha de notificación, caducidad, prescripción).

Cómo recurrir paso a paso

  • Lee la notificación: órgano (DGT/ayuntamiento), tipo (leve/grave/muy grave), importe, puntos, plazo.
  • Decide: pronto pago (−50%, sin recurso) O recurrir. No se pueden combinar.
  • En 20 días presenta alegaciones con motivos concretos y pruebas (por la sede de la DGT o el portal del ayuntamiento).
  • Si confirman la sanción, presenta recurso de reposición (1 mes) o ve directo al contencioso-administrativo (2 meses).
  • Vigila la prescripción y la fase de ejecución (vía de apremio: +20% recargo, embargo).

Errores frecuentes

  • Pagar el pronto pago creyendo que aún se puede recurrir (pagar renuncia al recurso).
  • Perder los 20 días de alegaciones.
  • Escribir “no estoy de acuerdo” sin motivos ni pruebas.
  • No identificar al conductor si conducía otro —es una multa aparte, mayor.
  • Ignorar la notificación: la multa se hace firme, más apremio +20% y posible embargo.

Si te desestiman las alegaciones

  • La desestimación no es el final: hay recurso de reposición (1 mes) y contencioso-administrativo (2 meses).
  • Revisa la prescripción y los plazos —a veces el caso decae solo.
  • Vigila la fase de ejecución (apremio): también se puede impugnar si hay defectos.
  • Reúne pruebas y preséntalas de forma estructurada —las frases genéricas no funcionan.

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Preguntas frecuentes

¿Pronto pago o recurrir, qué conviene?

El pronto pago da −50% pero renuncia al recurso. Si tienes motivos reales y hay puntos en juego, valóralo: recurrir mantiene la opción de anular la multa y los puntos.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir?

Alegaciones — 20 días; recurso de reposición — 1 mes; contencioso-administrativo — 2 meses.

¿Perderé puntos?

Las graves/muy graves restan puntos; si se anula la multa, se recuperan.

¿Y si no conducía yo?

Debes identificar al conductor en plazo; no identificar es una multa aparte, mayor.

¿Y si ignoro la multa?

Se hace firme, se añade apremio +20% y es posible el embargo de cuenta/bienes.

¿DGT o ayuntamiento, hay diferencia?

Sí: distintos órganos y portales de presentación. Mira quién la puso en la notificación y preséntalo ahí.

¿Necesito abogado?

En la fase administrativa (alegaciones/reposición) no es obligatorio; para el contencioso-administrativo es recomendable.

¿Qué es la prescripción?

Para la infracción: leves — 3 meses, graves/muy graves — 6 meses; una multa ya impuesta como sanción tiene otro plazo de prescripción: 4 años.

Fuentes oficiales

Material informativo, no asesoramiento jurídico. Revisa el órgano (DGT/ayuntamiento), el tipo de infracción y los plazos. Actualizado: junio de 2026.

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