Nueva accesibilidad cognitiva en España: qué cambia para extranjeros desde enero de 2027
El Real Decreto 707/2026 obliga a los organismos públicos y a muchas empresas a que su información se pueda entender. Entra en vigor el 2 de enero de 2027, y cuenta expresamente el desconocimiento del idioma entre las causas de las dificultades de comprensión. Aquí tienes qué podrás pedir, a quién, qué no cambia y qué hacer si te encuentras una barrera.
Resumen en lenguaje sencillo
- Para quién: para cualquier persona a la que le cuesta entender a la Administración o a una empresa, también si no domina el español.
- Qué cambia: los organismos públicos deberán tener formularios y guías en lectura fácil. Muchas empresas deberán explicar la información básica y los contratos en lenguaje sencillo.
- Desde cuándo: desde el 2 de enero de 2027. Hasta entonces no se aplica. Algunas partes, como las señales del transporte, llegarán más tarde.
- Qué hacer: pide por escrito una versión o una explicación más clara. Si te la niegan, guarda la prueba y reclama.
- Qué no te da: no te da derecho a recibir los documentos traducidos a tu idioma. Esta norma no anula un documento por ser difícil ni detiene sus plazos.
Qué es la accesibilidad cognitiva
Es que la información, los trámites y los servicios se puedan entender y usar. La norma habla de dificultades cognitivas: las barreras para comprender, comunicarse e interactuar con otras personas y con el entorno. Para quitarlas usa tres herramientas distintas, que no conviene confundir:
- Lectura fácil: un método con reglas de redacción, diseño y, además, validación de que el texto se entiende. La norma recomienda seguir la norma técnica UNE 153101, pero no la impone.
- Lenguaje claro: comunicación pensada para que quien lee encuentre lo que necesita, lo entienda y pueda usarlo.
- Lenguaje sencillo: frases cortas, palabras de uso común y siglas explicadas. Es el mínimo cuando no se exige lectura fácil ni lenguaje claro.
- El resumen del principio de esta página está escrito en lenguaje sencillo. No es un texto en lectura fácil: no lo ha validado un equipo con personas con dificultades de comprensión.
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Desde cuándo se aplican las nuevas reglas
- El Real Decreto 707/2026 se aprobó el 2 de septiembre de 2026 y se publicó en el BOE el 3 de septiembre. Entra en vigor el 2 de enero de 2027. Hasta esa fecha no puedes exigir lo que dice.
- Las señales y avisos del transporte se adaptarán poco a poco, con un plazo máximo de 15 años.
- En calles, plazas y edificios, las exigencias se aplican a lo nuevo y a lo que se reforme, no a todo lo que ya existe.
- El catálogo común de pictogramas para señales se propondrá en un plazo de tres años desde la publicación. El informe sobre aeropuertos y estaciones de tren, en dos años desde la entrada en vigor.
- Son condiciones mínimas: las comunidades autónomas y los ayuntamientos pueden exigir más.
A quién protege: también si no dominas el idioma
La norma no se limita a las personas con discapacidad. Según su definición, las dificultades para comprender y comunicarse pueden venir de una discapacidad, de situaciones de salud, de la edad, de factores socioeconómicos como la pobreza o el analfabetismo, o de factores contextuales como el desconocimiento del idioma.
Por eso las medidas generales de accesibilidad también piensan en ti si el español no es tu idioma. Pero no te dan derecho a una traducción, y algunas medidas concretas solo son para personas con una discapacidad reconocida: lo verás más abajo.
Qué deberán ofrecer los organismos públicos
Vale para cualquier canal: ventanilla, teléfono o sede electrónica. Desde el 2 de enero de 2027, las Administraciones públicas deberán ofrecer:
- Formularios, solicitudes y guías para rellenarlos en lectura fácil.
- Apoyos visuales o de audio en las guías de sus webs y aplicaciones, en las instrucciones para seguir un trámite y al rellenar formularios, incluido saber a qué organismo va dirigida la solicitud.
- Personal formado en accesibilidad cognitiva para la atención presencial.
- Trámites electrónicos diseñados para que cualquier persona pueda hacerlos.
- Canales de comunicación accesibles. En lo digital, la norma dice que se podrá usar un chat en directo o inteligencia artificial: es una posibilidad, no una obligación.
- La información accesible es gratis, y pedirla no puede retrasar la información que necesitas, sobre todo si reclamas, pides un derecho o se trata de algo urgente.
- Lo que no es para todos: que todo el trámite se adapte a tu caso, con comunicación personalizada y una persona de apoyo elegida por ti, solo lo pueden pedir quienes acrediten un grado de discapacidad del 33 % o más y una discapacidad intelectual. La norma tampoco obliga al funcionario a rellenar el formulario por ti.
- En los juzgados, las resoluciones y comunicaciones deberán redactarse en un formato comprensible.
Qué cambia en bancos, seguros, comercios y otros servicios
La norma remite a los sectores que ya regula el Real Decreto 193/2023 sobre accesibilidad de bienes y servicios: consumo, comercio minorista, bancos y seguros, sanidad (también farmacias y veterinarios), servicios sociales, educación, seguridad y emergencias, cultura, deporte y ocio, turismo y hostelería, medio ambiente, Administraciones públicas y correos. También obliga a las telecomunicaciones y a los servicios de internet establecidos en España. Para estos servicios:
- Información comercial básica en lenguaje sencillo y, cuando sea posible, con apoyos visuales.
- Hoja de reclamaciones en lectura fácil: la empresa debe tenerla disponible en ese formato.
- Contratación, consentimiento e instrucciones de uso en lenguaje sencillo.
- En internet y telecomunicaciones, los formularios de consentimiento, identificación, firma y pago también entran en estas medidas.
- En centros sanitarios puedes pedir la información sobre tratamientos y medicamentos en un formato adaptado, y eres tú quien elige qué adaptación necesitas.
Qué hacer si no entiendes un documento o te ponen una barrera
- Pide una versión o una explicación más clara, mejor por escrito. En un organismo: el formulario en lectura fácil y la guía para rellenarlo. En una empresa: la información básica, el contrato o las instrucciones en lenguaje sencillo. Desde el 2 de enero de 2027 es gratis.
- Si te lo niegan, guarda la prueba. Pide la respuesta por escrito o apunta la fecha, la hora, la oficina y el nombre de quien te atendió. Guarda correos, chats y capturas.
- Con una empresa, reclama en la hoja de reclamaciones y pide la versión en lectura fácil. Quédate con tu copia.
- Con un organismo, presenta un escrito en su registro, presencial o electrónico, pidiendo el formato accesible. Guarda el justificante.
- No dejes pasar los plazos. La norma no dice que pedir un formato accesible pare un plazo. Si tienes un plazo para pagar, alegar o recurrir, actúa a tiempo y pide la explicación a la vez.
- Si la barrera te ha causado un perjuicio serio —perdiste un plazo, firmaste algo que no entendías, perdiste dinero o una ayuda—, pide que un profesional revise tu caso antes de dar el siguiente paso.
Ya tengo escrita mi reclamación o solicitud: revisarla antes de enviarla
Ejemplos: qué puedes pedir y qué no
- Extranjería. Desde 2027, la oficina debe tener los formularios y sus guías en lectura fácil, y apoyos visuales o de audio para seguir el trámite. No cambian los requisitos, los plazos ni el idioma del expediente.
- Empadronamiento. El ayuntamiento es una Administración pública: puedes pedir el formulario y la guía en lectura fácil, y apoyo para saber cómo rellenarlo y dónde presentarlo. No cambian los documentos que te pueden pedir.
- Multas. Pide la guía para pagar, alegar o recurrir en un formato comprensible. Esta norma no anula la multa por estar escrita de forma complicada, y el plazo sigue corriendo.
- Banco. Al abrir una cuenta o firmar un préstamo, las condiciones y tu consentimiento deben explicarse en lenguaje sencillo. Si no entiendes algo, pide que te lo expliquen antes de firmar.
- Seguros. Igual con la póliza: la contratación, el consentimiento y las instrucciones deben darse en lenguaje sencillo.
- Alquiler. El alquiler de vivienda no aparece entre los sectores a los que remite la norma, así que no cuentes con que un casero particular tenga que darte el contrato en lenguaje sencillo. Si pides una ayuda al alquiler, ese trámite sí es de una Administración y se aplican sus reglas.
- Médico. Puedes pedir la información sobre tu tratamiento en un formato adaptado. Además, la persona con dificultades de comprensión —y la norma incluye el desconocimiento del idioma— puede entrar a la consulta acompañada de alguien de su confianza.
Lo que la norma no te da
- No es un derecho a traducción. Habla de documentos comprensibles y de formatos accesibles, no de recibir papeles en tu idioma.
- Esta norma no anula un documento difícil. No fija ninguna consecuencia sobre la validez ni detiene los plazos, que siguen corriendo. Eso no impide recurrir un documento o una notificación por otros motivos.
- No se aplica antes del 2 de enero de 2027.
- No crea una vía de queja propia. Los incumplimientos se sancionan por el régimen de la ley general de discapacidad (o la ley autonómica): no cumplir las exigencias de accesibilidad es una infracción grave, con multa de hasta 90.000 €. La multa la impone la Administración competente; no es una indemnización para ti.
- Las garantías de los trabajadores no son para todos. La formación en lectura fácil, la adaptación de documentos y reuniones y los ajustes del puesto se aplican a trabajadores que acrediten una discapacidad del 33 % o más y una discapacidad intelectual. No son un derecho general de quien tiene un español limitado.
- Al buscar empleo, la regla es otra. La norma dice que cualquier persona candidata que reúna la titulación y la experiencia exigidas para el puesto puede pedir, sin coste, que se adapte la entrevista de trabajo, y que eso no puede ser causa de exclusión del proceso de selección. Además, las empresas deben publicar las ofertas, las condiciones y los requisitos de forma accesible y, en todo caso, en lenguaje sencillo.
¿Te ha llegado un documento que no entiendes?
Si un organismo público o una empresa te ha dado un documento que no entiendes, NAVI te explica qué dice, qué plazos corren y qué paso dar. No sustituye la versión accesible que puedes pedir al propio organismo o empresa.
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Preguntas frecuentes
¿Me tienen que dar los documentos en mi idioma?
No. La norma no crea un derecho a traducción. Puedes pedir el documento o la explicación en un formato más comprensible —lectura fácil o lenguaje sencillo— y preguntar por los apoyos visuales o de audio del organismo.
Si un documento es muy difícil de entender, ¿deja de ser válido?
No por esta norma: no fija ninguna consecuencia sobre la validez de los documentos ni detiene los plazos. Eso no impide recurrirlo por otros motivos. Actúa a tiempo mientras pides la explicación.
¿Puedo exigirlo ya?
No. El Real Decreto 707/2026 está publicado, pero entra en vigor el 2 de enero de 2027. Antes de esa fecha puedes pedir una explicación, pero no apoyarte en esta norma.
¿Necesito un certificado de discapacidad?
Para las medidas generales, no: la norma incluye el desconocimiento del idioma entre las causas de las dificultades de comprensión. Sí hay que acreditar un 33 % o más y una discapacidad intelectual para que todo un trámite se adapte a tu caso con una persona de apoyo, y para las garantías como trabajador (formación, documentos, ajustes del puesto). Para pedir una entrevista de trabajo adaptada, la norma habla de cualquier persona candidata que reúna la titulación y la experiencia exigidas.
¿Me pueden cobrar por la versión accesible?
No. La información accesible se da sin coste adicional.
¿Qué pasa si una empresa o un organismo no cumple?
No cumplir las exigencias de accesibilidad es una infracción grave, con multas de hasta 90.000 €. La norma no crea una vía de queja propia: reclama en la hoja de reclamaciones o con un escrito al organismo, y puedes denunciarlo ante la Administración competente.
¿Vuestro resumen en lenguaje sencillo es «lectura fácil»?
No. La lectura fácil es un método que incluye validar el texto con personas con dificultades de comprensión. Nuestro resumen está escrito en lenguaje sencillo, con frases cortas, pero no ha pasado esa validación.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre — Reglamento de accesibilidad cognitiva (BOE)
- Ley 6/2022, de 31 de marzo — accesibilidad cognitiva (BOE)
- Real Decreto Legislativo 1/2013 — Ley General de derechos de las personas con discapacidad (BOE)
- Real Decreto 193/2023 — accesibilidad de bienes y servicios (BOE)
- Ley 39/2015 — presentación de escritos en los registros (BOE)
Normas verificadas en el BOE el 10 de septiembre de 2026. El Real Decreto 707/2026 entra en vigor el 2 de enero de 2027 y hasta esa fecha no se aplica.
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