Matrimonio y pareja de hecho en España: documentos, las dos vías y el efecto en la residencia
Puedes formalizar una pareja en España por matrimonio o por pareja de hecho. Esta guía explica las dos vías, los documentos que necesitan los extranjeros (certificado de capacidad matrimonial, apostilla + traducción jurada) y el efecto real en la residencia (familiar de la UE / reagrupación) y la nacionalidad.
Matrimonio vs pareja de hecho
Matrimonio: civil (o religioso con efectos civiles) inscrito en el Registro Civil, tras un expediente matrimonial.
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Pareja de hecho: una unión registrada; el registro y los requisitos (convivencia, padrón conjunto) varían según la comunidad autónoma.
Ambas pueden tener efectos en residencia, fiscalidad y herencia — pero matrimonio y pareja de hecho no son idénticos para todo.
Quién puede (extranjeros, mismo sexo)
- Los extranjeros pueden casarse o registrar una pareja de hecho en España; el matrimonio entre personas del mismo sexo es legal.
- Para el matrimonio, los extranjeros suelen necesitar un certificado de capacidad matrimonial o prueba de estado civil de su país.
- Para la pareja de hecho, los requisitos (periodo de convivencia, estar empadronados juntos) varían según la comunidad.
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Efecto en residencia y nacionalidad
- Con un ciudadano de la UE (incl. español): la pareja extranjera puede solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE.
- Con un residente no comunitario: puede apoyar la reagrupación familiar.
- Si al solicitar la nacionalidad llevas 1 año casado con español/a y no estás separado legalmente ni de hecho, basta 1 año de residencia. Es una vía, no residencia automática — y los matrimonios de conveniencia se examinan.
Documentos que necesitas
- Pasaportes en vigor / NIE/TIE y registro municipal (empadronamiento) reciente.
- Partidas de nacimiento y, para el matrimonio, el certificado de capacidad matrimonial / fe de soltería.
- Los documentos extranjeros suelen necesitar apostilla y traducción jurada.
- Para la pareja de hecho: prueba de convivencia según exija tu comunidad.
Cómo formalizarlo
- Decide entre matrimonio y pareja de hecho para tu situación.
- Reúne los documentos (apostilla + traducción jurada para los extranjeros).
- Matrimonio: inicia el acta/expediente matrimonial ante el Registro Civil o autoridad competente, como una notaría cuando proceda. Pareja de hecho: regístrate en el registro de tu comunidad.
- Celebra la ceremonia / formaliza la inscripción.
- Si da vía a la residencia, solicita la tarjeta de familiar de la UE o la reagrupación.
- Actualiza el registro municipal (padrón) si hace falta y guarda el certificado de matrimonio o inscripción registral.
Errores frecuentes
- Creer que el matrimonio = residencia automática — es una vía, no instantánea.
- Documentos extranjeros sin apostilla ni traducción jurada.
- Suponer que la pareja de hecho equivale al matrimonio en todo — varía por comunidad y finalidad.
- Subestimar el examen de los matrimonios de conveniencia.
Denegación (matrimonio de conveniencia)
- Si deniegan el expediente (p. ej. sospecha de matrimonio de conveniencia), cabe recurso — responde con pruebas de una relación real.
- Si no cumples los requisitos de pareja de hecho, revisa las reglas exactas de tu comunidad y la prueba de convivencia.
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Términos clave de esta guía
Preguntas frecuentes sobre matrimonio y pareja
¿El matrimonio me da la residencia?
Abre una vía (tarjeta de familiar de la UE o reagrupación) — no residencia automática, y hay que solicitarla.
¿Matrimonio o pareja de hecho?
Ambas formalizan la pareja; el matrimonio tiene efectos más plenos (p. ej. la vía de nacionalidad con 1 año de residencia si llevas 1 año casado con español/a y no estás separado legalmente ni de hecho). La pareja de hecho varía por comunidad.
¿Pueden casarse los extranjeros en España?
Sí — normalmente con un certificado de capacidad matrimonial / fe de soltería, apostillado y traducido.
¿Es legal el matrimonio entre el mismo sexo?
Sí, plenamente.
¿Qué necesitan los documentos extranjeros?
Por lo general apostilla y traducción jurada.
¿La pareja de hecho ayuda con la residencia?
Sí, de forma similar al matrimonio en muchos casos (familiar de la UE / reagrupación), pero las reglas varían por comunidad.
¿Matrimonio con español y nacionalidad?
La vía de 1 año aplica si al solicitar ya llevas 1 año casado con español/a y no estás separado legalmente ni de hecho.
Sospechan matrimonio de conveniencia, ¿y ahora?
Puedes recurrir con pruebas de una relación real y continuada.
Fuentes oficiales
- Código Civil — matrimonio
- Ministerio de Justicia — Registro Civil
- Tu comunidad autónoma (pareja de hecho)
Guía informativa; las reglas de pareja de hecho varían por comunidad y los casos de nacionalidad son específicos. Comprueba tu caso con NAVI.
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