Accidente de tráfico en España: qué hacer como perjudicado para reclamar la indemnización
En un accidente de tráfico no solo importa quién tuvo la culpa: importa qué se documentó en las primeras horas y días. Las aseguradoras suelen denegar no porque el perjudicado no tenga derecho, sino porque no hay pruebas: sin fotos, sin atestado, con visita médica tardía, sin reclamación escrita o habiendo firmado un parte amistoso con un croquis incorrecto. Esta guía explica cómo construir tu caso desde el primer momento para que a la aseguradora le sea más difícil denegar.
Los primeros minutos tras el accidente
La DGT recomienda seguir la secuencia PAS: Proteger, Alertar, Socorrer.
- Detente en lugar seguro, alejado del carril de circulación si es posible. No salgas del vehículo en medio de la calzada.
- Enciende las luces de emergencia de inmediato. Ponte el chaleco reflectante antes de salir del coche.
- Usa la baliza V-16 conectada (baliza V-16 homologada y conectada) si el vehículo queda inmovilizado; desde el 1 de enero de 2026 es el dispositivo reglamentario de preseñalización en España.
- Llama al 112 si hay heridos, fuego o peligro para la seguridad. Indica la ubicación exacta, el número de vehículos y las lesiones visibles. No muevas a los heridos graves salvo que sea imprescindible.
- Fotografía la escena antes de mover los vehículos. Una foto tomada antes de desplazar los coches vale más que diez tomadas después.
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Cuándo llamar a la policía
La policía (Policía Local, Guardia Civil, Mossos d'Esquadra o Ertzaintza) elaborará un atestado, el informe oficial del accidente, mucho más difícil de rebatir por la aseguradora que un parte amistoso.
Debes llamar a la policía si:
- Hay heridos: cualquier dolor, queja o pérdida de conocimiento.
- Hay disputa sobre la culpabilidad y las partes no llegan a un acuerdo.
- El otro conductor se niega a facilitar sus datos, se fuga o desaparece.
- El otro vehículo carece de seguro válido.
- Hay indicios de consumo de alcohol o drogas.
- Se han dañado bienes de terceros: una valla, un poste, un escaparate, un vehículo aparcado.
- Están implicados tres o más vehículos.
- Hay un peatón, ciclista o usuario de patinete eléctrico involucrado.
Parte amistoso: cuándo firmarlo y cuándo no
El parte amistoso (Declaración Amistosa de Accidente, DAA) es una declaración conjunta que rellenan ambos conductores sin la intervención de la policía. Es práctico cuando no hay heridos y ambas partes están de acuerdo con los hechos.
Puedes firmarlo si: ambas partes coinciden en todos los datos, el croquis y la descripción; no hay lesiones; ambos vehículos tienen seguro.
No firmes el parte si:
- El impreso está en blanco o el croquis incompleto.
- El otro conductor te presiona o te apremia para que firmes.
- La descripción o el croquis no se corresponden con lo ocurrido.
- No puedes leerlo por desconocimiento del idioma.
- Tienes cualquier molestia física: el dolor puede aparecer horas después.
Si firmas el parte, comprueba que incluye: fecha y lugar; matrícula de todos los vehículos; datos de conductores y pólizas de seguro; descripción de los daños; croquis del accidente; circunstancias (quién venía de dónde); datos de contacto de los testigos.
¿No sabes si firmar el parte amistoso?
Sube el parte amistoso o una foto del formulario. RightNOW explica qué dice, dónde está el riesgo, qué cambia al firmar y cuál es el paso más seguro.
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- Posición de todos los vehículos antes de moverlos — vista general y primer plano.
- Matrículas de todos los implicados y testigos.
- Daños en cada vehículo — de cerca y en contexto.
- Huellas de frenada, fragmentos de cristal, restos, manchas de aceite en la calzada.
- Punto de impacto en la carretera (si es visible).
- Señales de tráfico, marcas viales, semáforos, barreras en la zona del accidente.
- Visibilidad: arbustos, postes, edificios que obstruyan la visión.
- Meteorología, iluminación y estado del firme.
- Carnet de conducir y póliza de seguro del otro conductor, si accede a mostrártelos.
- Datos de testigos: nombre, teléfono y, si es posible, documento de identidad.
- Bicicleta, patinete, casco, ropa del perjudicado no conductor, si corresponde.
- Capturas de pantalla de la geolocalización y la hora del móvil.
- Toda la comunicación con las aseguradoras: capturas de mensajes y registro de llamadas.
- Todos los justificantes relacionados con el accidente: taxi, farmacia, grúa.
Atención médica: por qué no se puede esperar
Si tras el accidente sientes dolor, mareo o cualquier molestia en el cuello, espalda, rodilla o cabeza, acude a recibir atención médica lo antes posible, aunque creas que se pasará solo.
Las aseguradoras discuten habitualmente el nexo causal: si la primera visita médica se produjo 3 o 5 días después del accidente, alegan que las lesiones no guardan relación con el siniestro. Un informe médico temprano cierra ese argumento.
- Informe médico de urgencias — parte de la primera asistencia.
- Derivaciones a pruebas diagnósticas (radiografías, resonancias, ecografías) y sus resultados.
- Prescripciones y recetas médicas.
- Documentación de rehabilitación: sesiones, derivaciones, notas de evolución.
- Baja laboral, si se ha emitido.
- Todas las facturas: farmacia, fisioterapia, consultas privadas.
- Alta médica — documento de fin de tratamiento (necesario para el cálculo de la indemnización según el Baremo).
Cómo notificar a la aseguradora
Conforme a la Ley 50/1980 (art. 16), debes notificar el siniestro a la aseguradora en el plazo de 7 días desde que tuvieras conocimiento del mismo, salvo que tu póliza establezca un plazo mayor.
- Por escrito: correo electrónico, formulario web con confirmación o burofax en caso de conflicto. Una llamada telefónica no deja constancia.
- Guarda el justificante de envío: captura de pantalla, número de expediente, acuse de recibo.
- Como perjudicado puedes ejercer la acción directa contra la aseguradora del culpable, sin necesidad de dirigirte al propio culpable.
- La notificación no equivale a la reclamación formal. La declaración de siniestro completa con documentos debe presentarse por separado.
Cómo localizar la aseguradora del culpable
Si conoces la matrícula del vehículo culpable, puedes identificar su aseguradora a través de FIVA, el fichero informativo de vehículos asegurados gestionado por el Consorcio de Compensación de Seguros. La consulta está disponible en línea en la web del Consorcio.
Los datos del seguro también deben figurar en el parte amistoso o en el atestado, si se cumplimentaron. Si el culpable carece de seguro o se ha dado a la fuga, dirígete directamente al Consorcio: abona las indemnizaciones en esos casos con cargo al fondo de garantía.
Qué debe contener tu reclamación formal
- Quién eres y por qué eres perjudicado en este accidente.
- Fecha, lugar y breve descripción de cómo ocurrió el accidente.
- Datos del vehículo culpable: matrícula, marca, modelo, nombre del conductor.
- Qué se ha dañado (vehículo, pertenencias) y qué lesiones se han sufrido.
- Documentos adjuntos: parte amistoso o atestado; informe médico; fotos de los daños y de la escena; facturas y justificantes de gastos; presupuesto de reparación.
- Solicitud de apertura de expediente y comunicación de su número.
- Solicitud de oferta motivada o respuesta motivada en el plazo legalmente establecido.
- Datos bancarios para el pago.
- Si la aseguradora realizó una inspección, solicitud de remisión del informe del perito.
¿Necesitas la primera reclamación al seguro?
Si todavía no hay denegación, prepara la reclamación tras el accidente: hechos, documentos, daños o lesiones, importe, plazo y lo que pides a la aseguradora.
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Cómo suele denegar la aseguradora
- «No se ha acreditado la responsabilidad» — falta atestado, parte mal cumplimentado o responsabilidad discutida.
- «No hay nexo causal» — la aseguradora alega que las lesiones no pudieron producirse en ese accidente o que la visita médica fue demasiado tardía.
- «Los daños no corresponden a la mecánica del impacto» — el perito de la aseguradora emite una conclusión conveniente.
- «No hay documentación médica» — no se acudió a tiempo al médico o no se aportaron los documentos.
- «Firmaste el parte en tu contra» — el croquis o la descripción de las circunstancias están incorrectamente cumplimentados.
- «No hay justificación de gastos» — faltan facturas, recibos o justificantes.
- «Según la valoración de nuestro perito, la cantidad es inferior» — la aseguradora ofrece una suma muy inferior al cálculo conforme al Baremo.
Qué hacer si la aseguradora deniega
- Solicita la respuesta motivada por escrito — una respuesta razonada que especifique los motivos de la denegación o el cálculo de la indemnización. La aseguradora está legalmente obligada a proporcionarla.
- Solicita los documentos en que se basa la denegación: el informe del perito, la valoración médica y cualquier inspección realizada.
- Identifica exactamente qué impugna la aseguradora: la culpa, la propia lesión, el nexo causal, el importe, la documentación o los plazos. Según el motivo, la respuesta es diferente.
- Presenta una reclamación escrita ante el SAC de la aseguradora (Servicio de Atención al Cliente). Es el canal interno obligatorio, con hasta 1 mes de plazo de respuesta. Incluye cronología, lo que enviaste, lo que recibiste (o no), y el perjuicio causado. RightNOW prepara reclamaciones contra aseguradoras →
- Para infracciones de conducta — silencio, denegación injustificada, incumplimiento de plazos — puedes acudir a la DGSFP (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones). Importante: la DGSFP no calcula indemnizaciones ni sustituye al juez cuando la disputa versa sobre hechos, causalidad o cuantía.
- Si la disputa es sobre la cuantía — prepara el MASC (medio adecuado de solución de controversias), trámite previo obligatorio desde 2025 antes de interponer una demanda civil (LO 1/2025, art. 5). El orden importa: el régimen del automóvil ya tiene su propia reclamación previa obligatoria a la aseguradora (RDLeg 8/2004, art. 7), y conviene agotarla primero — la oferta o respuesta motivada que produce suele resolver el caso. Solo si aun así hay que demandar entra en juego el requisito de la LO 1/2025, que afecta a las demandas civiles y mercantiles con las exclusiones que la propia ley enumera. Si no prospera: juicio verbal (hasta 15.000 €) o demanda civil ordinaria.
Para ver cómo se desarrolla un caso así en la práctica — caso real de RightNOW: aseguradora deniega tras accidente de tráfico.
Qué no hacer
- No firmes un parte amistoso en blanco ni con datos incorrectos.
- No digas «estoy bien» si tienes dolor o malestar, ni en documentos ni a la aseguradora.
- No te comuniques con la aseguradora solo por teléfono: deja todo por escrito.
- No entregues originales sin obtener una copia con sello de recepción.
- No aceptes una indemnización «en finiquito» sin entender las consecuencias: cierra cualquier reclamación futura derivada de este accidente.
- No esperes meses sin presentar una reclamación escrita: los plazos importan y el silencio juega en tu contra.
- No repares ni deseches el bien dañado antes de la peritación y el reportaje fotográfico, si ese bien es relevante para el litigio.
Documentos que conviene reunir
- Parte amistoso (DAA) — si se cumplimentó.
- Atestado — si intervino la policía; solicita copia en comisaría.
- Fotografías del lugar del accidente.
- Datos de los testigos.
- Presupuesto de reparación del vehículo.
- Informe médico de urgencias — parte de la primera visita.
- Resultados de pruebas diagnósticas (radiografías, resonancias, ecografías).
- Prescripciones y derivaciones.
- Documentación de rehabilitación.
- Baja laboral, si se ha emitido.
- Alta médica.
- Todas las facturas de gastos médicos.
- Copia de la notificación del siniestro con justificante de envío.
- Copia de la reclamación formal completa.
- Número de expediente de la aseguradora.
- Oferta motivada o respuesta motivada, si se han recibido.
- Toda la correspondencia: correos, formularios, burofax.
FAQ
1. ¿Es obligatorio llamar a la policía tras un accidente de tráfico en España?
Si hay heridos, sí: llama al 112. Si hay disputa sobre la culpa, el otro conductor se niega a dar datos o no tiene seguro, hay indicios de alcohol o drogas, o está implicado un peatón o ciclista, es muy recomendable. El atestado es mucho más difícil de rebatir que el parte amistoso.
2. ¿Qué es el parte amistoso y debo firmarlo?
El parte amistoso (DAA) es una declaración conjunta sin intervención policial. Fírmalo solo si ambas partes están de acuerdo con todos los datos, el croquis y la descripción. No firmes uno en blanco, confuso o con datos incorrectos. Un parte mal cumplimentado puede complicar seriamente tu indemnización.
3. ¿En cuántos días hay que avisar a la aseguradora?
Conforme a la Ley 50/1980 (art. 16), en 7 días si tu póliza no fija un plazo mayor. La notificación debe ser escrita y hay que conservar el justificante de envío.
4. ¿Qué son la oferta motivada y la respuesta motivada?
Conforme al RDLeg 8/2004 (art. 7), en 3 meses desde la reclamación del perjudicado, la aseguradora debe presentar una oferta motivada (propuesta razonada calculada conforme al Baremo) o una respuesta motivada (explicación de por qué no abona o impugna). El silencio pasado ese plazo es un incumplimiento.
5. ¿Qué hago si la aseguradora deniega u ofrece demasiado poco?
Solicita la respuesta motivada por escrito. Presenta una reclamación ante el SAC. Para infracciones de conducta, acude a la DGSFP. Para disputas sobre el importe, prepara el MASC y, si es necesario, una demanda civil. No aceptes un finiquito sin entender a qué renuncias.
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Esta guía es información general sobre derecho español, no un dictamen jurídico sobre tu caso. Las normas cambian y el resultado depende de tus hechos y documentos: comprueba tu situación antes de actuar.