Actualizado: junio de 2026 · 9 min de lectura
Autónomo · Gastos · España

Gastos deducibles del trabajador por cuenta propia (autónomo) en España: qué puedes deducir

Los gastos deducibles reducen tu rendimiento y tu IRPF, y el IVA de esos gastos rebaja el pago del modelo 303. Pero Hacienda (AEAT) solo admite gastos que cumplen tres condiciones: vinculados a la actividad, justificados con factura (no un simple ticket) y registrados en tus libros. Aquí: qué puedes deducir de verdad (la cuota, casa por la «regla del 30%», el gestor, coche/combustible, comidas, seguro), qué es discutible, qué documentos necesitas y qué hacer en una comprobación.

Qué es un gasto deducible: tres condiciones

Vinculación a la actividad: el gasto debe estar afecto a tu profesión, no a tu vida privada.

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Justificación: necesitas factura con tus datos (NIF), no un simple ticket — si no, el IVA no es deducible.

Registro: el gasto debe estar anotado en el libro de gastos/inversiones e imputado al periodo correcto.

Efecto: el gasto reduce la base del IRPF (modelo 130/Renta) y el IVA soportado rebaja el pago del modelo 303.

A quién aplica

  • Autónomos en estimación directa — deducen gastos reales con estas reglas.
  • En módulos (estimación objetiva) el cálculo es fijo — no se deducen gastos reales así.
  • Las actividades exentas de IVA no deducen el IVA soportado, pero el gasto sí cuenta para IRPF.
  • Un gasto «en parte personal» (casa, coche, móvil) se deduce solo en la proporción afecta a la actividad.
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Qué sueles poder deducir

  • La cuota de autónomo (RETA) — gasto totalmente deducible.
  • Casa como oficina: la «regla del 30%» — el 30% de la parte de suministros (luz, agua, internet) correspondiente al % de vivienda afecto a la actividad (declarado en el modelo 036).
  • Gestor/asesor, software profesional, suscripciones, cuotas de colegios, formación relacionada.
  • Comidas (manutención/dietas): hasta los límites de dietas (normalmente 26,67 €/día en España sin pernocta; más con pernocta o en el extranjero), solo si son gastos propios, en desarrollo de la actividad, en establecimiento de restauración/hostelería y pagados por medio electrónico.
  • Seguro de salud — hasta ~500 €/año por persona; suministros, equipo (vía amortización), parte de móvil/internet, alquiler del local.

Plazos y registro

  • La deducción se aplica en el trimestre al que corresponde el gasto (modelo 303 para IVA, 130 para IRPF).
  • El total anual va en la declaración de la Renta (modelo 100).
  • Conserva facturas y libros al menos 4 años (plazo de comprobación de Hacienda).
  • Coche/combustible y comidas exigen condiciones extra (pago electrónico, vínculo con la actividad).

Qué preparar

  • Facturas con tu NIF (no ticket) por cada gasto.
  • El libro de gastos y el libro de bienes de inversión.
  • Justificante de pago (extracto, tarjeta) — sobre todo para dietas.
  • Para la casa, el % de superficie afecta del modelo 036; para el coche, una justificación del vínculo con la actividad.

Cómo deducir bien

  • Por cada gasto pide factura con tus datos (NIF), no solo un ticket.
  • Comprueba el vínculo con la actividad — lo personal no se deduce.
  • Anota el gasto en el libro de gastos (o de inversiones para equipo vía amortización).
  • Deduce el IVA soportado en el modelo 303 y el gasto en el 130/Renta.
  • Guarda facturas y justificantes de pago por si hay comprobación de Hacienda.

Errores frecuentes

  • Deducir con ticket sin factura — no admiten el IVA.
  • Deducir gastos personales (ropa, restaurantes sin vínculo, vacaciones).
  • El mito de deducir «al 100%» el coche/la casa — normalmente solo una parte, o el 50% del IVA del coche.
  • Comidas sin pago electrónico ni condiciones — no cuela.
  • No llevar libros ni guardar facturas — nada que justificar en una comprobación.

Si Hacienda rechaza un gasto

  • En una comprobación, Hacienda puede eliminar la deducción → liquidación + intereses de demora y posible sanción.
  • Acredita el vínculo con la actividad y aporta la justificación/documentos; si hace falta, un recurso.
  • Reúne facturas, libros y justificantes de pago — una posición estructurada ayuda.
  • Si hay deuda, puedes pedir un aplazamiento.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir la vivienda si trabajo desde casa?

En parte: la «regla del 30%» — el 30% de los suministros correspondiente al % de superficie afecta (declarado en el modelo 036). Alquiler y gastos de titularidad/financiación, solo en la proporción afecta y con prueba; la devolución del principal de la hipoteca no es un gasto deducible directo.

¿Puedo deducir el coche y el combustible?

Discutible: el IVA del coche suele ser el 50%; para IRPF solo si está afecto al 100% (difícil de probar). Algunas actividades (taxi, furgonetas) deducen más.

¿Puedo deducir las comidas?

Sí, dentro de los límites de dietas: normalmente hasta ~26,67 €/día en España sin pernocta, si el gasto está vinculado a la actividad, se hace en establecimiento y se paga por medio electrónico. Sin condiciones, no.

¿El gestor es deducible?

Sí — los honorarios del gestor/asesor son un gasto profesional totalmente deducible.

¿El seguro de salud?

Sí, hasta ~500 €/año por persona (más con discapacidad).

¿Vale un ticket?

Para IRPF a veces, pero para deducir el IVA necesitas factura completa con tu NIF.

¿Y si Hacienda me quita un gasto?

Te liquidan el impuesto con intereses de demora y posible sanción. Acredita el vínculo con documentos; puedes recurrir y pedir aplazamiento.

Fuentes oficiales

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