Reclamación previa al INSS por incapacidad permanente
La denegación o clasificación incorrecta de incapacidad permanente por el INSS puede recurrirse. Tienes 30 días hábiles desde la notificación. Sin ese paso, el juzgado no admitirá la demanda.
Respuesta rápida
- Plazo de reclamación previa: 30 días hábiles desde la fecha de notificación de la resolución INSS.
- Grados: parcial, total, absoluta, gran invalidez. Cada uno con restricciones y cuantias distintas.
- Si el INSS no contesta en 45 dias: silencio negativo. Luego 30 días hábiles más para demandar.
- Informe medico de tu medico: esencial para contrarrestar la valoracion del INSS.
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Iniciar la reclamaciónMotivos frecuentes de denegación o clasificación incorrecta
- Periodo de cotización insuficiente: comprueba tu historial.
- Valoracion médica del INSS contradice tu realidad clinica.
- Grado equivocado asignado: ej. parcial cuando correspondía total.
- Documentacion médica incompleta en el momento de la valoracion.
- Cotizaciones no reconocidas: periodos de trabajo no computados.
Qué hacer primero
- Localiza la resolución INSS. Indica el motivo exacto a rebatir.
- Anota la fecha exacta de notificación. Los 30 días hábiles empiezan desde ahi.
- Reune tu historial medico completo: especialistas, pruebas diagnosticas, tratamientos.
- Pide un informe medico contradictor a tu medico antes de presentar la reclamación.
Documentos y pruebas
- DNI/NIE/TIE o pasaporte.
- Resolución SEPE/INSS, justificante o número de expediente.
- Vida laboral, días cotizados, rentas y datos bancarios.
Plazos y riesgo
- El plazo de 30 días es improrrogable. Sin ese paso el juzgado no admite la demanda.
- Reclamación sin abordar el motivo exacto indicado: el INSS la denegará formalmente.
- Sin documentacion médica completa: el punto debil más frecuente en apelaciones.
- Aceptar un grado inferior sin recurrir: la prestación queda permanentemente reducida.
- Tras el silencio negativo (45 dias): 30 días hábiles más para demandar.
La reclamación previa ya fue denegada?
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